Memoria 2020 Tomo 3
de la oferta pública que se llegue a hacer de los cargos que ellos ocupan en provisionalidad. Por tal razón, la norma jurídica aludida dispuso que los cargos que se encuentren en tal situación solo podrán ser ofertados por la ComisiónNacional del Servicio Civil, una vez el servidor cause su respectivo derecho pensional. 3. La Ley 1955 fue expedida en la presente anualidad, fecha para la cual la Ley 100 de 1993 ya había derogado la expresión pensión de jubilación, unificando esta prestación bajo la denominación de pensión de vejez, por lo que ambas expresiones no tienen diferencia alguna, son equivalentes y, por lo tanto, se refieren a un mismo riesgo: la contingencia por el paso de los años y su cubrimiento. 4. Si se considera que el parágrafo 2º del artículo 263 de la Ley 1955 de 2019 se refiere únicamente a lo que se entendía en su momento por jubilación, se estaría frente a una expresión carente de efectos jurídicos y, por ende, a una norma carente de efectos. Por tal razón, en aplicación del principio de efecto útil 744 , debe entenderse que la norma objeto de análisis quiso otorgarle la garantía de estabilidad reforzada a los titulares de los cargos de carrera administrativa vinculados en provisionalidad antes de diciembre de 2018, siempre que les faltaren tres (3) años o menos para causar el derecho a la pensión de vejez, contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1955 de 2019. 5. Acceso a la información del empleado afiliado al régimen de ahorro individual con solidaridad. Para el cumplimiento por parte de las autoridades administrativas de la obligación de reportar los empleos que se encuentran desempeñados por personal en provisionalidad y que son sujetos de la garantía de estabilidad reforzada a la que hace alusión el artículo 263 de la Ley 1955 de 2019, el Ministerio de Trabajo ha elevado solicitud de información a las aseguradoras privadas, indicando para 744 Este principio implica que «las normas jurídicas deben ser interpretadas de manera que produzcan consecuencias en derecho». Corte Constitucional, Sentencia C-135 de 2018. 918 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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