Memoria 2020 Tomo 3

No se debe seguir exigiendo el requisito de tener definida la situación militar en la etapa de inscripción a la carrera diplomática y consular, tal como lo indica el Decreto Ley 274 de 2000, artículo 20, debido a que con la expedición de la Ley 1861 de 2017, en su artículo 42, quedó derogada parcialmente aquella disposición, pero solo respecto a la oportunidad o el momento en que debe ser validado el cumplimiento de dicho requisito, tal como se explicó en el presente concepto. Sin embargo, dado que la definición de la situación militar es una obligación constitucional y legal que tienen los varones que hayan alcanzado la mayoría de edad y hasta que cumplan los 50 años, esta debe quedar definida en dosmomentos posteriores a tal etapa, que dependen de la situación en que se encuentre el aspirante, a saber: 1. Antes de la posesión en el cargo de Tercer Secretario o su equivalente en la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, para aquel aspirante que haya sido nombrado en período de prueba por haber sido seleccionado de conformidad con la lista de elegibles, siempre que este haya sido declarado apto por la autoridad militar correspondiente y no se encuentre en alguna de las circunstancias definidas por el legislador para eximirse de prestar el servicio militar activo. 2. Dentro de los 18 meses siguientes a la vinculación, si la persona que haya superado todas las etapas del concurso para la carrera diplomática y consular se encuentra en alguna de las tres (3) circunstancias que lo eximen de la prestación del serviciomilitar activo: haber sido declarada no apta, estar exenta y/o haber superado la edad máxima de incorporación a filas. “4. Dado que las entidades públicas o privadas no pueden exigirle al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para acceder a un empleo, tal como lo señala el artículo 42 de la Ley 1861 de 2017, ¿se debe seguir exigiendo la definición de la situación militar como requisito para inscribirse al concurso de ingreso (siendo una etapa previa a la vinculación laboral de quienes por mérito superen todas las fases del concurso)?” La Sala considera pertinente aclarar que el hecho que una entidad pública o privada tenga prohibido exigirle al ciudadano la presentación de la tarjetamilitar para ingresar a un empleo no significa que desaparezca la obligación para el ciudadano de tener definida la situación militar. 793 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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