Memoria 2020 Tomo 3

III CONTRATACIÓN ESTATAL 1. Contratos y convenios interadministrativos. Incumplimiento contractual. Multas, declaratorias de incumplimiento y cláusula penal. Procedimiento para la imposición unilateral de las multas y declaratorias de incumplimiento. Instrumentos jurídicos para asegurar el cumplimiento de contratos y convenios interadministrativos. Radicado 2257 Fecha: 26/07/2016 Consejero Ponente: Álvaro Namén Vargas Levantamiento de la reserva mediante auto fechado del 31 de agosto de 2020 El señorMinistrodel Interior de la época formuló a la Sala una consulta relacionada con los instrumentos jurídicos con los que cuenta ese Ministerio para asegurar el cumplimiento de los contratos y convenios interadministrativos, la posibilidad de pactar multas e imponerlas unilateralmente, declarar el incumplimiento y hacer efectiva la cláusula penal en tales contratos y convenios, en aplicación de los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011. V. ANTECEDENTES Manifiesta el consultante que el Ministerio del Interior acude a la modalidad de selección de contratación directa para comprometer y ejecutar “un alto porcentaje de los recursos asignados en su presupuesto, así como de los asignados a diferentes fondos cuenta” (entre ellos el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana- FONSECON), a través de la celebración y ejecución de contratos y convenios interadministrativos de cofinanciación. Alude a que para los citados convenios interadministrativos de cofinanciación el Ministerio aporta recursos destinados al cumplimiento de sus funciones misionales, lo que, a su vez, permite a las entidades estatales con quienes los celebra, atender las funciones que les son propias. Afirma que tales entidades son las que adelantan 269 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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