Memoria 2020 Tomo 3
la Ley 1474 de 2011, respectivamente. Posterior a estas modificaciones también se presentaron otras, que para el tema objeto de análisis no tienen mayor relevancia. 1260 La preocupación que le surge al director del Departamento Administrativo de la Función Pública radica en la aplicación de la Ley 1474 de 2011, que modificó la Ley 87 de 1993, a las empresas de servicios públicos mixtas del orden nacional, y, concretamente, sobre la calidad del jefe de control interno, pues de aplicarse adquieren la condición de empleados públicos de libre nombramiento y remoción. Para mayor comprensión, se transcriben los artículos 11 y 14 de la Ley 87 de 1993, con sus modificaciones, en la parte pertinente a la consulta: ARTÍCULO 11. DESIGNACIÓN DEL JEFE DE LA UNIDAD U OFICINA DE COORDINACIÓN DEL CONTROL INTERNO. <Artículo modificado por el artículo 8o. de la Ley 1474 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la República designará en las entidades estatales de la rama ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre nombramiento y remoción. (...) ARTÍCULO14.REPORTESDELRESPONSABLEDECONTROLINTERNO. <Artículo modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 2106 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:> El jefe de la Unidad de la Oficina (sic) de Control Interno o quien haga sus veces, en una entidad de la Rama Ejecutiva del orden nacional será un servidor público de libre nombramiento y remoción, designado por el Presidente de la República. Este servidor público, sin perjuicio de las demás obligaciones legales, deberá reportar a los organismos de control los posibles actos de corrupción e irregularidades que haya encontrado en ejercicio de sus funciones. 1260 Es de señalar que el parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1474 de 2011 (que modificó el artículo 11 de la Ley 87 de 1993) fue derogado por el artículo 166 del Decreto Ley 403 de 2020. Y, el artículo 14 de la Ley 87 de 1993 que había sido modificado por el artículo 9 de la Ley 1474 de 2011, fue posteriormente modificado por los Decretos Ley 019 de 2012 (artículo 231) y 2106 de 2019 (artículo 156). 1518 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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