Memoria 2020 Tomo 3

iii) Los derechos y deberes de las personas relacionadas con la prestación del servicio de salud (Art. 10). Por su parte, el capítulo segundo de la ley, el cual interesa de manera especial al presente concepto, regula «la garantía y mecanismos de protección del derecho fundamental a la salud». Como sunombre lo indica, este capítulo regula la garantíadel derecho fundamental a la salud y los distintos mecanismos para su protección, en sus diferentes facetas o componentes. En esta medida, el capítulo se refiere a: i) El derecho a las personas participar en las decisiones del sistema de salud y los mecanismos concretos a través de los cuales se hace efectivo (art. 12). ii) El tipo de redes (públicas, privadas o mixtas) a través de la cuales se puede prestar el servicio de salud (art. 13). iii) La prohibición de negación de prestación de servicios de salud y su respectivo alcance (art. 14). iv) Las prestaciones de salud: su contenido y exclusiones (art. 15). v) El procedimiento de resolución de conflictos por parte de los profesionales de la salud (art.16). El tercer capítulo de la ley versa sobre los profesionales y trabajadores de la salud, en especial su autonomía y el respeto a unas condiciones laborales justas y dignas. Por último, el capítulo cuarto incorpora disposiciones adicionales sobre: i) La política para el manejo de la información en salud (art. 19). ii) La política pública en salud (art. 20). iii) La divulgación de información sobre progresos científicos (art. 21). iv) La Política de Innovación, Ciencia y Tecnología en Salud (art. 22). 1144 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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