Constitución Política de Colombia edición Corte Constitucional 2024

TÍTULO II: De los derechos, las garantías y los deberes 31 Constitución Política de Colombia CAPÍTULO 2 DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECÓNOMICOS Y CULTURALES ARTÍCULO42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se cons- tituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hom- bre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable. La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley. Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procrea- dos naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes. La ley reglamentará la progenitura responsable. La pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores o im- pedidos. Las formas del matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los debe- res y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, se rigen por la ley civil. Los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles en los términos que establezca la ley. Los efectos civiles de todo matrimonio cesarán por divorcio con arreglo a la ley civil. También tendrán efectos civiles las sentencias de nulidad de los matrimo- nios religiosos dictadas por las autoridades de la respectiva religión, en los términos que establezca la ley. La ley determinará lo relativo al estado civil de las personas y los consi- guientes derechos y deberes.

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