Memoria 2020 Tomo 3
En efecto, como se ha evidenciado en este concepto, el Decreto Ley 1042 de 1978, no está acorde con las nuevas tendencias y evoluciones que, tanto en el tiempo de trabajo como en la organización del trabajo, reclaman las relaciones laborales en el siglo XXI. La nueva legislación que se propone impulsar debe considerar los avances en las tecnologías de la información y las comunicaciones y los nuevos modelos de demanda de bienes y servicios por parte de los consumidores que impulsan la necesidad de adoptar nuevos métodos de organización flexible del trabajo, incluida la flexibilidad temporal y espacial, para dignificar al trabajador y satisfacer la necesidad de calidad en el servicio público, bajo la observancia del derecho fundamental a la buena administración. F. Recapitulación 1. Sistema de turnos años, una serie de factores han dado lugar a nuevas tendencias y evoluciones tanto en el tiempo de trabajo como en la organización del trabajo: • La globalización y la consiguiente intensificación de la competencia, los importantes avances en las tecnologías de la información y las comunicaciones y los nuevos modelos de demanda de bienes y servicios por parte de los consumidores han impulsado a las empresas a adoptar nuevos métodos de organización flexible del trabajo, a veces global, incluida la flexibilidad temporal y espacial, así como la “deslocalización” de la industria manufacturera y los servicios. • Además, se han producido profundos cambios demográficos, como la entrada cada vez mayor de las mujeres en el mercado laboral remunerado, el paso de los hogares con un solo hombre como sostén de la familia a los hogares con dos ingresos, y una creciente preocupación por el equilibrio entre el trabajo y la vida privada, que han dado forma a las necesidades y preferencias de los trabajadores, que varían en función del género y del ciclo de vida. • Estos varios desarrollos se reflejan en una variedad de arreglos de trabajo flexibles que varían del modelo convencional de tiempo completo, tales como arreglos de horario flexible, trabajo a tiempo parcial, promediación de horas, cuentas de tiempo de trabajo y teletrabajo. • Más recientemente, la crisis económica y financiera mundial ha tenido un profundo impacto en el tiempo de trabajo. En el punto álgido de la crisis, el reparto del trabajo -reducción del tiempo de trabajo para repartir un volumen reducido de trabajo en el mismo número (o similar) de trabajadores para evitar despidos- se utilizó ampliamente como medida de preservación del empleo. A raíz de la crisis, los retos en materia de tiempo de trabajo han cambiado: de centrarse principalmente en la preservación del empleo a centrarse cada vez más en cuestiones de calidad del empleo, muchas de las cuales están estrechamente relacionadas con el tiempo de trabajo, como la ampliación de empleos con horarios cortos y a menudo muy variables».Disponible en: https:// www.ilo.org/global/topics/working-time/WCMS_617182/lang--es/index.htm. Consultado el 28 de noviembre de 2019. 814 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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