Memoria 2020 Tomo 3

iii) Los turnos se hacen necesarios en actividades, servicios, empresas con procesos productivos continuos o labores que deban prestarse sin solución de continuidad, por lo que implican que el trabajo se realice habitualmente en todas las horas, días y semanas, incluidos domingos y festivos iv) Dado que los turnos de trabajo satisfacen la necesidad de una labor continua de productividad, el empleador debe procurar la optimización686 del trabajo con el fin de cumplir con las necesidades del servicio, respetando las normas aplicables, en particular las referidas a las jornadas laborales ordinarias y los descansos correspondientes. Lo anterior con el findeminimizar los efectos que el sistema de turnos causa en los empleados, particularmente los que laboran en turnos nocturnos, tales como alteraciones en el sueño o en los ritmos biológicos, estrés o dificultades en la vida familiar o social. Así las cosas, el turno de trabajo o el sistema de turnos corresponde a una forma de organizar el trabajo bajo un criterio de continuidad en la actividad que desarrolla una entidad o empresa, lo que lleva a que los trabajadores presten sus servicios en todas las horas, días y semanas, incluidos domingos y festivos, bajo tiempos u horarios previamente establecidos y con criterios de optimización que satisfagan tanto las necesidades del servicio como los derechos de los trabajadores. 2. Sistema de turnos y horarios de trabajo para los empleados públicos vinculados al servicio de salud El carácter esencial del servicio público de salud y su prestación de manera continua e ininterrumpida lleva a que, dada la existencia de una jornada laboral máxima, los empleados públicos vinculados a ese servicio laboren habitualmente domingos y festivos por el sistema de turnos. 686 Sobre la optimización del sistema de turnos se encuentran investigaciones en: http://congreso. investiga.fca.unam.mx/docs/xvii/docs/D10.pdf o http://www.tesis.uchile.cl/tesis/uchile/2011/cf- barrera_rt/html/index.html. Consultados el 7 de noviembre de 2019. 808 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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