Memoria 2020 Tomo 3
V. FUNCIÓN PÚBLICA Y RÉGIMEN PRESTACIONAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL 15. Establecimiento de un régimen salarial especial y único para los empleados públicos del Distrito Capital mediante la expedición de un decreto que desarrolle la Ley 4 de 1992. Radicado 2404 Fecha: 12/08/2019 Consejero Ponente: Oscar Darío Amaya Navas Levantamiento de la reserva mediante oficio de fecha 20 de noviembre de 2020 El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública consulta a la Sala sobre la viabilidad jurídica de expedir un decreto en el que se instaure un régimen salarial especial para los empleados públicos del Distrito Capital. Indaga, igualmente, si la eventual aprobación de dicha norma supondría una violación del principio de la igualdad reconocido en el artículo 13 de la Constitución, en virtud de la cual los demás entes territoriales pudieran reclamar la aplicación extensiva de este régimen. I. ANTECEDENTES La consulta presentada por el Departamento Administrativo de la Función Pública plantea los siguientes hechos: 1. Mediante la expedición del Decreto 1919 de 2002, «p or el cual se fija el régimen de prestaciones sociales para los empleados públicos y se regula el régimen mínimo prestacional de los trabajadores oficiales del nivel territorial », el Gobierno nacional dio cumplimiento a parte del encargo contenido en los literales e y f del artículo 150.19 de la Constitución. La norma en cuestión encomienda al Gobierno nacional fijar, dentro de las directrices establecidas por el Legislador en una ley marco, «el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos […] [y] regular el régimen de prestaciones sociales mínimas de los trabajadores oficiales». 710 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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