Memoria 2020 Tomo 3

participado en la comisión de un delito contra la Administración Pública o contra el patrimonio público. (Se resalta). El texto que aparece escrito en cursivas, en el primer inciso, fue declarado condicionalmente exequible por la Corte Constitucional, en la sentencia C-603 del 2 de noviembre de 2016, « EN EL ENTENDIDO de que las víctimas pueden solicitar directamente las medidas provisionales allí consignadas cuando acrediten ante el juez un interés específico para obrar, después de la formulación de la imputación ». vi) El artículo 86, que estableció unprocedimiento especial, con el finde garantizar los derechos de los contratistas al debido proceso y a la defensa, para que las entidades públicas declaren el incumplimiento de aquellos en los contratos estatales; cuantifiquen los perjuicios que hayan sufrido; impongan a los contratistas las multas estipuladas en los contratos; hagan efectiva la cláusula penal, y adopten contra estos otras decisiones de carácter sancionatorio. g. Más adelante, los artículos 23 y 24, parágrafo, de la Ley 1508 de 2012 509 ratificaron y ampliaron, para el caso de los contratos que correspondan a la modalidad de asociación público-privada (APP), la obligación impuesta a las entidades estatales por el artículo 27 de la Ley 1121 de 2006, de identificar y conocer adecuadamente al futuro contratista, el origen lícito de sus recursos y los beneficiarios reales del contrato. Sobre este punto, el artículo 23 de la Ley 1508 estatuyó: Artículo 23. Identificación del beneficiario real del contrato y del origen de los recursos. Los proponentes que participen en procesos de precalificación a los que se refiere el artículo 10 de la presente ley y en general, en procesos de selección para el desarrollo de esquemas de Asociación Público Privada, deberán presentar declaración juramentada en laque identifiquenplenamente a las personas naturales o jurídicas que a título personal o directo sean beneficiarias en caso de resultar adjudicatarios del futuro contrato, así como el origen de sus recursos. Lo anterior con el fin de prevenir actividades u operaciones de lavado de activos. (Se resalta). h. Finalmente, se expidió la Ley 1778 de 2016, que fortalece las normas para prevenir y combatir el soborno transnacional; establece una responsabilidad 509 «Por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones». 565 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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