Memoria 2020 Tomo 3

De esta manera, existiría todavía la posibilidad de llevarse a cabo la referida liquidación bilateral hasta el 31 de marzo de 2021. 8.6.2. Soporte ■ Proyecto de acta de liquidación La liquidación se debe realizar con base en el proyecto de acta de liquidación que debe preparar ENTerritorio, documento que debe tener como soporte el informe de término y la certificación de cumplimiento del objeto del contrato suscrita por el supervisor o, del estado de ejecución de las obligaciones, dado que se encuentra vencido el plazo del contrato. ■ Informe de terminación de ENTerritorio Para la liquidación del contrato es necesario que se haya presentado el informe de terminación de ENTerritorio. Sobre el término para la presentación del informe final que debe presentar ENTerritorio, el contrato dispuso en su cláusula tercera, que sería treinta (30) días hábiles a partir del vencimiento del contrato, así: CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DE FONADE: Sin perjuicio de las demás obligaciones que por su naturaleza y por disposición legal corresponden, en desarrollo del objeto del presente contrato, FONADE cumplirá las siguientes: […]11. Presentaral FONDOTIC informesdegestiónsobreel avancedeejecucióndel Contrato. El informe de gestión incluye aspectos precontractuales, contractuales, post- contractuales, y ejecución presupuestal el cual será elaborado de acuerdo con el modelo de informe diseñado por FONADE para tal fin, y será entregado a los quince (15) días hábiles a partir del vencimiento trimestral calendario excepto el informe de gestión final que será entregado a los treinta (30) días hábiles a partir del vencimiento del contrato y cada vez que así lo requiera el FONDO TIC. (Resaltado y subrayado de la Sala). Según lo expuesto, ENTerritorio habría tenido que presentar el informe de gestión final a más tardar el 9 de noviembre de 2018. De la documentación remitida 541 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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