Memoria 2020 Tomo 3
que firme la escritura pública de donación, de acuerdo con las indicaciones allí previstas en la Notaría 18 del Círculo de Bogotá. ■ Comunicación del 5 de noviembre de 2019, dirigida a la Alcaldía del municipio de Buenaventura, a través de la cual se le reiteran los dos derechos de petición anteriores y se envía copia a la Procuraduría. ■ Comunicacióndel 20 de noviembre de 2019, dirigida a la Alcaldía del municipio de Buenaventura, a través de la cual, en atención al cambio de alcalde, se requieren nuevamente los documentos necesarios para la firma de la escritura pública, en aras de que puedan ser enviados nuevamente a la Notaría 18 del Círculo de Bogotá para los fines pertinentes. Precisados los hechos, es necesario referirse a las obligaciones contenidas en el contrato y también en los términos de la convocatoria realizada por FonTIC para llevar a cabo la asignación de los PVD en la medida en que en ese documento se plasmaron algunas obligaciones. En los términos de la convocatoria realizada por FonTIC se incorporó la siguiente obligación: APORTE - OBLIGACIONES ENTIDAD CONTRATANTE Entidad Contratante: El Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE. • Entregar la infraestructura instalada en sitio (equipos, mobiliario, señalización adecuaciones eléctricas y de datos) y donar la mencionada infraestructura a la Entidad Pública y/o Ente Territorial que opere el PVD. • En sus inicios, la obligación de donación se previó a cargo de FonTIC para ser ejecutada o materializada a través de ENTerritorio. Ahora bien, en el numeral 4 de la cláusula tercera del contrato interadministrativo núm. 989/212039, la obligación de donación fue pactada a cargo de ENTerritorio, así: 481 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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