Memoria 2020 Tomo 3
Ahora bien, es importante señalar que un contrato de «Gerencia Integral de Proyectos» implica una administración de recursos y en algunos eventos trae consigo otras obligaciones, en la medida en que así se pacten. Por tal razón, se reitera, es necesario el estudio de cada contrato para determinar el alcance de las obligaciones del gerente del proyecto. A continuación, la Sala acudirá a algunos de estos pronunciamientos para ratificar lo expuesto en precedencia. En ese orden, conviene citar el Concepto núm. 1881 del 30 de abril de 2008, en el cual la Sala se refirió al alcance de un contrato de gerencia integral de proyectos suscrito por Fonade, con miras a establecer la propiedad sobre los rendimientos financieros generados por la inversiones que debía realizar Fonade con los recursos entregados por la entidad contratante, en cumplimiento de un contrato interadministrativo. Sobre la interpretación de dichos contratos se presentaron dos posturas, así: La primera de ellas es la de las partes de los convenios, quienes entienden que Fonade « asume, bajo su cuenta y riesgo, la ejecucióndeunproyectoopartede él» , que se trata de ejecutar un proyecto «en todos sus componentes, asumiendo la responsabilidad y el riesgo por la realización del mismo y adelantando actividades de agente principal en la obtención del resultado requerido por la entidad pública contratante»; y que « el pago que se realice a Fonade en su condición de contratista, corresponde a la contraprestación que éste recibe por la ejecución del proyecto de inversión , incluido los costos administrativos asociados al mismo». «» […] En palabras del Dr. Sanz González: En tal sentido se concreta la segunda línea de negocios de Fonade, que a diferencia de la tradicional administración financiera de recursos, o la fiducia pública, ofrece a sus clientes la posibilidad de la gerencia integral de proyectos, modalidad diferente a la anterior no solamente por su finalidad, sino por el régimen de responsabilidad que demanda , en donde, el control y los riesgos derivados de la ejecución del proyecto contratado, se asuman 419 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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