Memoria 2020 Tomo 3
Según balance presupuestal 203 d el 30 de junio de 2018, el saldo de recursos disponibles era de $1.209.366.111.oo . Anota que, luego de haber agotado varias fórmulas de arreglo directo que fracasaron, CORALINA demandó a FONADE por el medio de control de controversias contractuales; demanda que fue rechazada por el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, mediante auto del 4 de abril de 2018, al considerar que operó la caducidad. Esta providencia no fue apelada. Estima que, al haberse declarado la caducidadmencionada y además la terminación de los convenios con decisión en firme, se sitúa a FONADE como mero tenedor de unos recursos ajenos y podría por tanto configurarse un enriquecimiento sin causa. Así las cosas, formula las siguientes PREGUNTAS: « a. ¿Cómo hacer el reintegro de los recursos a Coralina, como quiera que no existe un título que faculte el pago a Coralina en virtud de los convenios, ya que nunca se llevó a cabo la liquidación bilateral o judicial de los mismos, y por ende no nació obligación alguna de pago y/o devolución de recursos en contra de FONADE? b. ¿Cuál es la acción posible que permita adelantar pagos por consignación respecto de una obligación natural, teniendo en cuenta que el Consejo de Estado ha sostenido la imposibilidad de hacer pagos o devolución de dineros por obligaciones contractuales, después de declarada la caducidad de la acción contractual? c. ¿Respecto de la naturaleza jurídica de CORALINA (Creada por el artículo 37 de la Ley 99 de 2013, como una Corporación Autónoma Regional, que goza de autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio), corresponde retornar los recursos al Presupuesto de la Nación o al Ente Territorial?» II. CONSIDERACIONES Para absolver la consulta, la Sala se ocupará de los siguientes temas: i) el enriquecimiento sin causa – generalidades, ii) los convenios interadministrativos, iii) el manejo de los recursos públicos, iv) la depuración contable, y v) el caso concreto. 361 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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