Memoria 2020 Tomo 3

y cultural, con una estructura de oportunidades institucionales que permita la construcción y consolidación de una democracia participativa. [...] La importancia del desarrollo de esta ciudadanía en las juventudes radica en la potencia y capacidad de esta población para proponer reformas de ser y estar en condiciones para una vida digna y como agentes activos y protagonistas para el desarrollo de una democracia participativa. Así entonces, se deben mejorar las estrategias para la vinculación de las y los jóvenes en la construcción de políticas de desarrollo social, económico, político y cultural del país en todos los niveles territoriales, así como en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos dirigidos a las juventudes. Es necesario aumentar los esfuerzos en política con el fin de estimular la participación activa de las y los jóvenes en la vida económica, cultural social y política, en consonancia con los procesos de globalización. 194 Emerge entonces con claridad que la vinculación de los jóvenes a los procesos democráticos es un imperativo. De allí que deba ser motivada por el Estado mediante la adopción de herramientas de aprendizaje y concientización que permitan construir la verdadera democracia participativa, por manera que no quede en simple enunciado. En este estadio resulta ilustrativo lo dicho por la Corte Constitucional en la sentencia C- 337 de 1997 en la que se afirma que el Estado debe estimular a los ciudadanos para que participen en las elecciones y demás decisiones públicas y, de esta manera, reducir la abstención electoral, «[ d]e allí que derrocar esa actitud de indiferencia colectiva frente a los eventos electorales constituye una tarea prioritaria y reto de nuestro sistema político [...] Necesitamos entonces formar ciudadanos, sujetos políticos activos para la nueva democracia participativa [...]. Se impone construir una conciencia de ciudadano, convirtiendo el voto en una expresión de compromiso ético y político con las instituciones, en algo atractivo y con significado para el hombre común». La Corte enfatiza en que « semejante meta exige la búsqueda de fórmulas imaginativas, novedosas, que muestren a los colombianos y, en especial, a nuestros jóvenes, una faceta amable y benéfica del acto de sufragar». 194 Congreso de la República. Gaceta 531 del 28 de julio de 2011. 242 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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