Memoria 2020 Tomo 3
c) La aplicación por analogía de la Ley 1904 de 2018. El concepto 2400 de octubre 9 de 2018 Una breve mención. Al entrar en vigencia la Ley 1904 de 2018, la señora Ministra de Justicia y el Derecho consultó a la Sala sobre la viabilidad de la aplicación por analogía de la mencionada ley, para la integración de las ternas y elección de los magistrados de la Comisión Nacional de Defensa Judicial. Dicha consulta fue absuelta demanera afirmativa con el concepto 2400 de octubre 9 de 2018. d) Las consultas actuales La aplicación de la norma legal por el gobierno nacional con independencia de las decisiones que sobre el asunto pudiera tomar el Consejo Superior de la Judicatura dio lugar a las dudas formuladas en la consulta radicada el 28 de marzo del año en curso bajo el número 2415. Como se señaló en la consideración previa, dicha consulta, que atañe a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, será objeto de pronunciamiento separado. Dado que el alcance dado a la consulta en cuestión versa sobre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, se solicitó a la Secretaría de la Sala la asignación de radicación independiente, para resolverla de la misma manera. 3. El objeto del alcance a la consulta 2415 - Radicación Interna 2421 Como se ha explicado, se pregunta a esta Sala sobre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, así: “¿Debe el Presidente de la República proceder a conformar ternas para elegir nuevos magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria? Si la respuesta es afirmativa ¿cuántas ternas debe presentar el señor Presidente de la República?” Encuentra la Sala que el objeto de la pregunta actual fue central en el concepto 2378 del 18 de junio de 2018, del cual se han transcrito los apartes más significativos. Se trata de las razones por las cuales la Sala concluyó en la aplicación ultractiva 222 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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