Memoria 2020 Tomo 3

2012. Para garantizar la continuidad de los procesos que le deben ser transferidos de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto 2040 de 2011, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP efectuará especial seguimiento a los contratos de administración u operación suscritos o que suscriba Cajanal EICE para desarrollar las actividades del artículo 3 del Decreto 2196 de 2009. En el mes de noviembre de 2011, el Gobierno nacional promulgó el Decreto 4269 , «[p]or el cual se distribuyen unas competencias». De acuerdo con las consideraciones que le dieron sustento, el decreto fue sancionado con el propósito de aclarar, entre otros asuntos, el reparto de competencias entre Cajanal EICE en liquidación y la UGPP. El artículo primero del decreto, que se transcribe enseguida por su relevancia para la solución de la consulta planteada en esta oportunidad, establece el 8 de noviembre de 2011 como fecha crítica para la distribución de funciones entre estas dos entidades respecto de los procesos misionales de carácter pensional: ARTÍCULO 1o. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS. La ejecución de los procesos misionales de carácter pensional y demás actividades afines que se indican a continuación, será ejercida por la Caja Nacional de Previsión Social - Cajanal EICE en LiquidaciónylaUnidadAdministrativaEspecialdeGestiónPensionalyContribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, en los siguientes términos: 1. Atención de solicitudes relacionadas con el reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas . Estarán a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP , las solicitudes de reconocimientos de derechos pensionales y prestaciones económicas, radicadas a partir del 8 de noviembre de 2011 . A cargo de la Caja Nacional de Previsión Social - Cajanal EICE en Liquidación estarán las solicitudes de reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas, radicadas con anterioridad al 8 de noviembre de 2011 [énfasis fuera de texto]. Dos años más adelante, el Presidente de la República sancionó el Decreto 1222 de 2013 , «[p]or el cual se asignan unas competencias y se dictan unas disposiciones 169 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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