Memoria 2020 Tomo 3

de Salud y Protección Social ¿debe efectuarse por transferencia directa como lo autoriza el decreto 777 de 1992 y sus modificaciones o a través de la suscripción de convenio o contrato?” 2. “En el evento de que la respuesta sea la transferencia directa para su ejecución ¿se requiere la expedición de un acto administrativo que autorice el giro de la totalidad de los recursos?” 3. “En el evento de que la respuesta no sea la transferencia directa ¿debe efectuarse a través de un convenio interadministrativo o de un convenio de cooperación? O ¿debe efectuarse a través de otro instrumento?” 4. “En el evento de la ejecución de otros proyectos del Ministerio de Salud y Protección Social o de otras (entidades) públicas ¿debe efectuarse a través de un convenio interadministrativo o de un convenio de cooperación o a través de otro instrumento?” 5. Con posterioridad a la radicación de la consulta, el ministerio remitió, por solicitud del despacho del Consejero Ponente, documentación relacionada con la constitución y estatutos del IETS, así como contratos y convenios celebrados por esa entidad. II. CONSIDERACIONES A. Problema jurídico Del contexto fáctico de la consulta y de las preguntas formuladas se extraen los siguientes problemas jurídicos: i) ¿cómo se ejecutan los recursos del proyecto de inversión ‘Implementación de estudios e investigaciones del Instituto de Evaluación de Tecnología en Salud a nivel nacional’ apropiado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social?, y ii) ¿cuál es el régimen de contratación aplicable entre el ministerio y el IETS para el desarrollo de otros proyectos de inversión? Para resolverlos la Sala analizará los siguientes aspectos: i) naturaleza jurídica de las corporaciones; ii) las corporaciones para actividades científicas y tecnológicas; iii) el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud – IETS; iv) ejecución de los recursos presupuestales relacionados con el proyecto de inversión arriba 15 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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