Memoria 2020 Tomo 3
De ahí en adelante, como se afirma en un artículo publicado por el Centro de Desarrollo Empresarial, “el sistema ha venido evolucionando y creciendo por la geografía colombiana (...)” 1113 , y el legislador les ha otorgado nuevas competencias, en materia de seguridad social en salud, vivienda, educación, recreación, protección social al desempleo, a la niñez y de carácter financiero (leyes 100 de 1993, 3ª de 1991, 115 de 1994, 633 de 2000, 789 de 2002 y 920 de 2004)”. Luego mediante el mismo concepto, la Sala se refirió a la territorialidad de las Cajas de Compensación Familiar y su alcance, y finalmente, al carácter privado de las mismas, respecto del cual manifestó lo siguiente: “Del carácter privado que la ley le otorgó a las Cajas de Compensación Familiar, reconocido por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado y del recuento normativo sobre el ámbito de acción geográfico de las mismas, se concluye que: a) La finalidad del esquema de distribución geográfica de las Cajas de Compensación previsto en la ley 21 de 1982, es garantizar la cobertura del sistema de seguridad y protección social a toda la población colombiana beneficiaria de la cuota monetaria y de los planes, programas y servicios que en materia de seguridad social prestan las Cajas de Compensación Familiar. b) Las Cajas de Compensación Familiar son entes particulares sin ánimo de lucro, que surgen de la voluntad de asociación de los empleadores y trabajadores con el fin de cumplir una función social, y por tanto no hacen parte de la rama ejecutiva del poder público, ni pertenecen al sector descentralizado del nivel nacional, departamental o municipal. En consecuencia, si bien es cierto que debido a las restricciones legales que existen en materia de afiliación, las Cajas de Compensación están distribuidas en los diferentes departamentos y municipios del país, también lo es, que este hecho no las convierte en entidades de la administración pública del nivel nacional o territorial”. 1113 Retos del mercado para las Cajas de Compensación Familiar. Fernando Ruiz Gómez. Profesor Asociado. Pontificia Universidad Javeriana. Consulto I. CEDEX 1381 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III
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