Memoria 2020 Tomo 3

del Consejo de Estado. Como quedó explicado arriba, la aplicación analógica -en el caso bajo examen- es aplicable aún bajo el escenario de la derogatoria del parágrafo transitorio que la ordenaba. Dado que la competencia para la postulación y la elección de los miembros de la Comisión existe, y que de lo que se trata es de establecer el procedimiento, la analogía puede y debe ser utilizada para asegurar el cumplimiento de la función asignada, de rango constitucional. En suma, están dados los elementos normativos esenciales para que el engranaje estatal entre a poner en funcionamiento la ComisiónNacional de Disciplina Judicial. 138 Ya se ha explicado que la supremacía material de la Constitución implica que el orden jurídico depende totalmente de la norma superior, lo que la torna en prevalente sobre todas las formas de actividad estatal. Según el principio de vinculaciónmás fuerte, todos los operadores jurídicos deben hacer primar la obediencia a la Constitución por encima de cualquier otro mandato, y los órganos del Estado deben cumplir fines determinados de acuerdo con su marco funcional. En tales circunstancias, para la sala no cabe duda de que a las autoridades concernidas les resulta obligatoria la actuación de que se ocupa el presente concepto. 7. La colaboración armónica entre las ramas del poder público para la entrada en funcionamiento de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial El artículo 257A de la Constitución establece que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial está conformada por sietemagistrados elegidos por el Congreso en Pleno, 4 de ellos elegidos de ternas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura, y 3 elegidos de ternas enviadas por el Presidente de la República. Para el cumplido desarrollo de lo dispuesto por dicho artículo, lo deseable institucionalmente es que las tres ramas del poder público confluyan y desde sus propias atribuciones lleven a buen éxito la conformación y puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Se trata de proceder -por parte del Presidente de la República y el Consejo Superior de la Judicatura, previa convocatoria 138 Consejo de Estado. Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto 2274 de 2015. 131 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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