Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 154 Conceptos citados: Sala de Consulta y Servicio Civil Fechas: 12/02/2002 y 17/06/2003 Radicados: 1143 A y 1500 Ponentes: César Hoyos Salazar y César Hoyos Salazar Frente a dichas premisas cabe preguntarse: (i) es viable para efectos de reconocer la pensión de jubilación de que trata el artículo 98 del Decreto 1214 de 1990 acumular tiempo de servicio prestado como militar; y (ii) qué debe entenderse por “vinculación” para efectos de determinar si un empelado (sic) civil se encuentra cobijado por el Decreto 1214 de 1990, a la luz de lo establecido en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993. Estos cuestionamientos han sido abordados por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en diversas oportunidades. Así fren- te al segundo cuestionamiento, en concepto No. 1143 Adición, de 12 de febrero de 2002 634 , se sostuvo, luego de analizar la forma como se establece el vínculo laboral en las Fuerzas Militares y en el Ministerio de Defensa Nacional, como civil, que: “... en el contexto de la consulta que se aclara, como vincu- lación debe entenderse el día, mes y año en que el oficial estableció su vínculo laboral con el Ministerio de Defensa Na- cional, esto es, cuando ingresó al escalafón con el grado co- rrespondiente. Si posteriormente, se produjo su traslado a la justicia penal militar, y tomó posesión del cargo de Magistra- do del Tribunal Militar, debe tenerse por fecha de vinculación al régimen previsto para la justicia penal militar. El día, mes y año en el cual se tomó posesión de dicho cargo. ... 2. SE RESPONDE: ... el régimen de pensiones a aplicar a un oficial de las fuerzas militares nombrado el 25 de junio de 1993, para un período de cinco (05) años como Magistrado del Tribunal Superior Militar, y quien encontrándose desempeñando dicho cargo fue retirado del servicio activo de las fuerzas militares el 02 de noviembre de 1994, con derecho a devengar asignación de retiro, se determina por la vinculación, que es el acto 634 Cita original n.º 12: C.P. doctor César Hoyos Salazar, con salvamento de voto del Con- sejero Flavio Augusto Rodríguez Arce.

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