Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 1

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 182 personas objeto de supervisión, así como de practicar visitas a sus instalaciones y realizar auditorías y seguimiento de su actividad; la vigilancia, por su parte, está referida a funciones de advertencia, prevención y orientación encaminadas a que los actos del ente vigilado se ajusten a la normatividad que lo rige; y, finalmente, el control permite ordenar correctivos sobre las actividades irregulares y las situaciones críticas de orden jurídico, contable, económico o administrativo[…]”. 125 Visto lo anterior, se tiene que la función de control conlleva una serie de potestades, que se ejercen por parte de la entidad para la prevención y orientación de la actividad sujeto vigilado las cuales tienen por finalidad ordenar los correctivos necesarios para superar cualquier tipo de irregu- laridad. Ahora bien, puede suceder que como consecuencia de la actividad de control, se deriven situaciones que redunden en el ejercicio de la facul- tad sancionatoria el [sic] Estado, pero no por ello puede colegirse que está última sea intrínseca a la primera, así lo señala la Sala de Consulta, en el concepto previamente citado, en el que advierte: “ […] Por tanto, las funciones de inspección, vigilancia y con- trol de una actividad privada son por su naturaleza formas de intervención estatal que conlleva restricciones importantes al libre ejercicio de las actividades privadas (artículos 16 y 333 C.P.), al derecho de asociación (artículo 38 C.P.) y a la reserva de la información privada (artículo 15 C.P.), entre otros dere- chos fundamentales. Además, como tales funciones y, particularmente, la de con- trol, normalmente van acompañadas de una potestad san- cionatoria que les asegura eficacia, entran en juego también otras garantías constitucionales relacionadas con el debido proceso y el principio de legalidad sancionatoria (artículo 29 C.P.)[…]” 126 . En ese mismo sentido se ha pronunciado la Sección Primera de Esta [sic] Corporación, que al referirse a las funciones de control y vigilancia de la Superintendencia de Subsidio Familiar, las ha diferenciado de las 125 Cita original n.º 9: CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Consejero ponente: WILLIAM ZAMBRANO CETINA, dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015). Radicado número: 11001-03-06-000-2014-00174-00 (2223) Actor: MI- NISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL 126 Cita original n.º 10: Ibid., p. 4

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