Libro
Verdades en Convergencia Análisis de la jurisprudencia del Consejo de Estado en diálogo con la Comisión de la Verdad 86 profesora 162 , una persona dedicada a la minería 163 y seis personas que se dedicaban a la aserrería 164 . La Sección Tercera del Consejo de Estado ha encontrado que en Colombia las eje- cuciones sustentadas en “falsas e ilegales acciones so pretexto del cumplimiento del deber” se han convertido en “una práctica generalizada, con participación o aquiescencia de agentes estatales, contra la población civil más vulnerable [campe- sinos, personas de la calle, adictos, delincuentes de poca monta, etc.]” 165 . En los casos se pudo constatar diferentes vulnerabilidades específicas derivadas de condiciones especiales como la pertenencia cultural y étnica, la situación de discapacidad o la edad, entre otras. Al respecto, el Consejo de Estado ha sido claro en determinar que se trata de situa- ciones discriminatorias que comportan la estigmatización y segregación de deter- minadas personas o grupos en virtud de sus condiciones: Con otras palabras, el señalamiento escueto e indefinido de toda persona como "bandido" representa ya una violación de los Dere- chos Humanos, y una afrenta sustancial a la dignidad humana, que de aceptarse en el ámbito fáctico de juicio de imputación im- plicaría la atribución del daño a personas por su simple condición social lo que es convencional y constitucionalmente contrario a todas las reglas de protección que preceptivamente deben obser- varse en las sociedades democráticas modernas 166 . Una condición empleada como justificante de las ejecuciones fue la drogadicción de las víctimas. En uno de los procesos llevados ante el Consejo de Estado, el Mi- nisterio de Defensa argumentó en el proceso que la condición de drogadicto era una demostración de la pertenencia a un grupo armado ilegal y en su escrito de apelación escribió: “Dime con quién andas y te diré quién eres” 167 . El Consejo de Estado respondió que “el cuestionamiento de los vínculos de afecto en la familia Vásquez Ocampo, dada la condición de enfermedad por adicción a las drogas, o la expresión ‘Dime con quién andas y te diré quién eres’ en referencia peyorativa a dicha condición, entre otros, carecen de fundamento, constituyen temeridad y 162 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 29 de octubre de 2012, exp. 21377, M. P. Danilo Rojas Betancourth. 163 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 14 de julio de 2016, exp. 35029, M. P. Hernán Andrade Rincón. 164 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 20 de agosto de 2014, exp. 48407, M. P. Danilo Rojas Betancourth. 165 Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, sentencia de 5 de septiembre de 2017, exp. 38058, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 166 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 7 de septiembre de 2015, exp. 47671, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 167 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 18 de mayo de 2017, exp. 41511, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo.
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