Libro

VIOLACIONES RELEVANTES DE DERECHOS HUMANOS E INFRACCIONES AL DIH EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO 85 hay sentencias del Consejo de Estado, 20 tienenmás de una víctima. Al respecto, se puede encontrar que los dos municipios en los que se reporta una mayor cantidad de víctimas se trata de El Retiro (Antioquia) con seis víctimas, así como Calarcá (Quindío) y Apartadó (Antioquía) cada uno con cinco víctimas. El Consejo de Estado ha encontrado que existen modus operandi y patrones coin- cidentes en diferentes casos de las ejecuciones extrajudiciales en cuanto a las víc- timas. Tomando como base informes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, del relator para ejecuciones extra- judiciales de Naciones Unidas, así como los diferentes casos fallados en el ámbito penal y contencioso, el Consejo de Estado concluyó que los llamados falsos positi- vos tienen como “patrón”: “la muerte de ciudadanos en condición de discapacidad, enfermedad, indefensión y su presentación como miembros de grupos armados ilegales, a efecto de acreditar resultados operacionales militares con miras a lograr estímulos y reconocimientos institucionales” 154 . Según la Corte Constitucional 155 , en estos crímenes característicamente “[l]as vícti- mas son personas jóvenes que pertenecen a sectores sociales vulnerables”. En efec- to, para el Relator Especial de Naciones Unidas Philip Alston, las personas blanco de estos homicidios han sido principalmente los defensores de Derechos Humanos, los sindicalistas, los defensores de los derechos de las mujeres, la comunidad LGB- TI, personas en condición de discapacidad física o mental, los indígenas y comuni- dad afrodescendiente, los jóvenes y los campesinos, entre otros 156 . La condición de indefensión y mayor vulnerabilidad social son características transversales en los casos estudiados del Consejo de Estado. Muchos dieron cuenta de ejecuciones contra hombres (salvo tres casos de mujeres ejecutadas 157 ) que eran campesinos o trabajadores de fincas en zonas rurales o jóvenes adultos de zonas urbanas, mientras en otros catorce casos se trata de un auxiliar de transporte 158 , un conductor particular 159 , un ganadero, un comerciante 160 , dos desempleados 161 , una 154 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 7 de septiembre de 2018, exp. 43770, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 155 Corte Constitucional, sentencia de 5 de marzo de 2018, T-083, M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado. 156 Alston, P. Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Misión a Colombia, del 31 de marzo de 2010, ref. A/HRC/14/24/Add.2, Naciones Unidas, Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos, p. 8. 157 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 29 de octubre de 2012, exp. 21377, M. P. Danilo Rojas Betancourth; sentencia de 22 de febrero de 2019, exp. 40256, M. P. Jaime Enrique Rodríguez Navas; sentencia de 20 de febrero de 2020, exp. 58780, M. P. María Adriana Marín. 158 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 12 de octubre de 2017, exp. 49416, M. P. Danilo Rojas Betancourth. 159 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 26 de junio de 2015, exp. 34749, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 160 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 20 de marzo de 2018, exp. 53378, M. P. Danilo Rojas Betancourth. 161 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 3 de octubre de 2019, exp. 47860, M. P. Marta Nubia Velásquez Rico.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz