Libro
El desarrollo de la responsabilidad estatal por daños en Colombia en el marco del conflicto armado interno 51 puede otorgarse por los siguientes daños: el daño físico o mental; la pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y prestaciones sociales; los daños materiales y la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante; los perjuicios morales; los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos y servicios médicos y servicios psicológicos y sociales” 73 . 3.1.3. Satisfacción Esta modalidad de reparación posee un alto valor simbólico y de impacto en la psicología individual o social de las víctimas, y pueden consistir en disculpas pú- blicas, el reconocimiento por parte del Estado de haber incurrido en una viola- ción a los derechos humanos (lo que puede significar una forma relevante de reparación), el enjuiciamiento de los autores responsables a través de las acciones penales o disciplinarias o la reapertura de dichas investigaciones, la garantía del derecho a la verdad, la reforma legislativa de prácticas discriminatorias o ilega- les, la formación en derechos humanos de agentes estatales y demás medidas de impacto cultural y colectivo, monumentos o eventos conmemorativos de las víctimas o de los hechos, etc. 74 . 3.1.4. Rehabilitación 75 Esta forma de reparación tiene por objeto que las víctimas tengan la oportunidad de alcanzar, en la medida de lo posible, –el máximo de autonomía y de funciones y puede entrañar ajustes en su entorno físico y social. La rehabilitación de las víctimas debe centrarse en el restablecimiento, en toda la medida de lo posible, de su independencia física, mental, social y profesional y en la inclusión y parti- cipación plenas en la sociedad” 76 . 73 Ibid , p. 71. 74 La Corte IDH ha ordenado las siguientes medidas de satisfacción, entre otras: La creación de centros educativos a nombre de las víctimas; la designación de un día de conmemoración en honor a las víctimas; la creación de una base de datos sobre desaparecidos; la creación de sistemas de información genética para identificar a desaparecidos forzados; mejoramiento de las condiciones de vivienda e infraestructura; implementación de programas de vivienda en beneficio de sobrevivientes de las regiones afectadas por la violencia sistémica; el mantenimiento y mejoramiento de sistemas de carreteras, alcantarillado y agua potable, el establecimiento de centros de salud; la publicación de la verdad de los hechos ocurridos, la historia de vida de la víctima. Ibíd , p. 85. 75 La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, fue el primer instrumento de Naciones Unidas que habla de rehabilitación como una medida muy importante de reparación integral, ibíd, p. 89. 76 Comité contra la Tortura (CAT). Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Observación general No. 3 de 13 de diciembre de 2012, párr. 11.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz