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VERDADES COMPARTIDAS: FUNDAMENTO DE JUSTICIA, REPARACIÓN Y NO REPETICIÓN 225 análisis se ha fundamentado en pronunciamientos de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos, que llaman a una visión más humanista en la que la víctima adquiere renovada relevancia 596 . 586. En cuanto al carácter particular y a la visión estrictamente jurídica adversarial que caracteriza a la verdad judicial en los casos de responsabilidad estatal, que es el común denominador, también existen pronunciamientos en los cuales ha reali- zado un análisis más global o de contexto, que desborda el caso en concreto, con el reconocimiento de una actividad estatal sistemática y generalizada, como son las ejecuciones extrajudiciales de civiles no combatientes 597 , 587, el secuestro de civiles como práctica extendida de financiamiento por parte de las organizaciones insur- gentes 598 588 y la colaboración y apoyo de miembros de la fuerza pública con grupos paramilitares para la comisión de graves crímenes 599 . 589. Además, es importante destacar que muchas decisiones de reparación integral, como da cuenta esta publicación, tienen alcance general, más allá del caso en con- creto, inspiradas en una preocupación transformadora de alcance colectivo, lo que significa un reproche a una situación de injusticia más sistémica o generalizada. Lo que sí es muy preocupante es que las decisiones en materia de responsabilidad estatal demoren varios años en su definición final, por la crónica congestión judi- cial, lo cual impide que las víctimas sean reparadas en forma pronta y oportuna. Una tarea pendiente es conocer si, después de muchos años, las indemnizaciones pecuniarias destinadas a reparar a las víctimas efectivamente les benefician. En muchos casos ya han fallecido o las han cedido previamente a cambio de un monto menor, debido a la angustiosa premura económica. 4. Justicia transicional y justicia administrativa: una articulación necesaria La justicia transicional ha sido definida por Naciones Unidas como “toda la varie- dad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por re- solver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la recon- ciliación” 600 . 590. 596 Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, sentencia de 1° de febrero de 2016, exp. 48842, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 597 Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, sentencia de 9 de junio de 2017, exp. 53704, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 598 Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, sentencia de 1° de febrero de 2016, exp. 48842, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 599 Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección a, sentencia de 14 de septiembre de 2016, exp. 34349, M. P. Hernán Andrade Rincón. 600 Organización de las Naciones Unidas: Oficina del Alto Comisionado. Justicia Transicional y derechos económicos, sociales y culturales. Nueva York y Ginebra. 2014, p. 5.
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