Libro

VIOLACIONES RELEVANTES DE DERECHOS HUMANOS E INFRACCIONES AL DIH EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO 143 ral, tan sólo para mencionar los principales aspectos” 337 326 . En ese contexto se analiza la responsabilidad del Estado en cuanto a: • Desidia y falta de colaboración efectiva: en algunos casos los familiares em- prendieron la búsqueda en las instituciones oficiales sin ninguna noticia ni co- laboración efectiva por parte de las autoridades, como ocurrió en el mencionado caso de Leiver Jesús Castillo quien fue desaparecido en un operativo policial, frente a lo cual su madre declaró en los procesos: “Como a las tres de la tarde me enteré de que mi hijo Leiver Jesús Castillo estaba desaparecido y como a las siete de la noche fui al distrito de Policía de la Granja, el día lunes desde las diez de la mañana fui a la cárcel nacional, no se encontraba, fui al comando de la Policía, tampoco estaba, vine a la Sijin y tampoco estaba, fui al DAS no me dieron razón de él, regresé a mi casa como a las cinco de la tarde, pero como yo me había ente- rado de que a mi hijo lo había sacado la Policía de la casa de la señora CARMEN CUADRO, el mismo día domingo en la noche fui donde ella, y le pregunté que porque (sic) me había hecho poner preso a mi hijo y me dijo no, se lo llevaron dos Policías (sic), porque él estaba en mi recámara y le eché la Policía y de ahí me fui enseguida, y ya el día martes 22 de agosto del presente año, como a las doce del día me di cuenta de la muerte de Leiver Castillo mi hijo, porque por radio pasaron la noticia de que habían encontrado un N.N. que vestía jeans azul botas negras marca fila, medias negras y cuando escuchamos esa noticia fuimos hasta Cereté pero cuando llegamos ya estaba enterrado, pero por las prendas de vestir lo reconocimos” 338 327 . • Obstaculización de la búsqueda y maniobras fraudulentas para ocultar la ver- dad y la recuperación de los cuerpos: en otros casos, no solo se presenta una desidia en la búsqueda, sino que, conforme lo ha establecido el propio Consejo de Estado, se han comprobado actuaciones que abiertamente obstaculizaron la búsqueda. Así, en el caso de la desaparición de Luis Fernando Lalinde 339 328 el tri- bunal estableció que “se comprobó que personal perteneciente al Ejército Na- cional, en lugar de facilitar el hallazgo de los restos, obstaculizó la búsqueda emprendida por sus familiares e hizo caso omiso de las múltiples solicitudes di- rigidas al gobierno nacional por la familia Lalinde 340 329 ”. 337 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 338 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 4 de diciembre de 2002, expediente 13922, M. P. German Rodríguez Villamizar. 339 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 340 Cfr. El 15 de diciembre de 1984 Fabiola Lalinde eleva denuncia por la desaparición de su hijo Luis Fernando Lalinde ante el Juzgado 13 de Instrucción Criminal de Medellín. Expediente cuaderno 4 a folio 1. Mediante oficio fechado el 22 de octubre de 1984, dirigido al Procurador Regional de Manizales Caldas la familia Lalinde pone en conocimiento de ese despacho la desaparición de su hijo Luis Fernando. (Expediente, cuaderno 4 a folios 6-7). El 4 de enero de 1985 Jorge Iván Lalinde eleva denuncia sobre la desaparición de su hermano

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