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Verdades en Convergencia Análisis de la jurisprudencia del Consejo de Estado en diálogo con la Comisión de la Verdad 116 tinua y pluriofensiva” en el sentido en que su práctica implica la afectación de un conjunto de derechos de la víctima directa como de sus familiares y allegados” 236 . Para la jurisprudencia, esa “ausencia de información o negativa impide el ejercicio de los recursos legales y de los mecanismos procesales pertinentes, de modo que las personas afectadas, sumidas en el desamparo, resultan doble o múltiplemente victimizadas” 237 . En ese sentido ha relacionado una multiplicidad de derechos afec- tados, “siendo el delito de desaparición forzada quizá uno de los que más afectan todas las dimensiones de la vida: la dignidad, la integridad física, psíquica y emo- cional; la honra y el buen nombre de quienes se convierten en víctimas directas o indirectas del mismo” 238 . La multiplicidad de derechos afectados ha sido relacionada también con los dere- chos de los familiares, que “sumidos en el desamparo, resultan doble o múltiple- mente victimizados” 239 , por lo que se predica frente a ellos “la violación de la inte- gridad personal […], concretada en la limitación, restricción o supresión del derecho a la familia y al libre desarrollo de la personalidad de cada uno de ellos” 240 . En ciertas sentencias la desaparición forzada es calificada como un crimen de lesa humanidad “que afecta todas las esferas de la vida humana tanto de la víctima directa, como de sus familiares y allegados” 241 en virtud de “los derechos funda- mentales de la víctima, la convivencia social, la paz y la tranquilidad del género humano” 242 involucrados con la conducta. Así, ha sido caracterizada en la juris- prudencia en varios casos como de lesa humanidad en tanto consiste en “la más brutal trasgresión al derecho de integridad personal” 243 y “supone la trasgresión de múltiples derechos y bienes jurídicos esenciales de la persona” 244 . En varias senten- cias la desaparición forzada es tratada como crimen de lesa humanidad en virtud de su gravedad intrínseca y la multiplicidad de derechos vulnerados aparte de los elementos de generalidad y sistematicidad. 236 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 10 de mayo de 2018, exp. 54718, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 237 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 238 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 239 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 240 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 3 de marzo de 2014, exp. 47868, M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. 241 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 10 de mayo de 2018, exp. 54718, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo. 242 Al respecto véase la sentencia de 22 de abril de 2004, expediente 14.240. M.P Alier Eduardo Hernández Enríquez. 243 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 26 de marzo de 2009, exp. 17994, M. P. Enrique Gil Botero. 244 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 26 de marzo de 2009, exp. 17994, M. P. Enrique Gil Botero.

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