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Verdades en Convergencia Análisis de la jurisprudencia del Consejo de Estado en diálogo con la Comisión de la Verdad 114 to y, además, porque es difícil obtener declaración de testigos, quienes, en la ma- yoría de los casos, prefieren guardar silencio por temor a ser objeto de represalias. Esta circunstancia obliga a la autoridad judicial a fundamentar sus decisiones en indicios. Se encontró que, en la gran mayoría de casos, fueron miembros de la Fuerza Pú- blica (Ejército y Policía Nacional) los autores de este grave delito y, cuando no lo fueron, actuaron en complicidad con grupos al margen de la ley o su omisión fue demasiado grave, que facilitó su comisión. La mayoría de las sentencias estuvieron fundamentadas en el derecho internacio- nal, por tratarse de un delito reconocido como de lesa humanidad, lo cual permi- tió una mayor flexibilización del análisis probatorio y dio lugar al reconocimiento de medidas de reparación integral, destinadas no solamente a una indemnización pecuniaria, sino que, además, buscaron garantizar los derechos a la verdad y a la justicia. En estos casos, la jurisprudencia ha advertido que el juez tiene amplias facultades resarcitorias y de restablecimiento de derechos, suministradas por el or- denamiento jurídico interno e internacional. Es viable que el juez administrativo adopte medidas pecuniarias y no pecuniarias, en idéntico o similar sentido a las que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha decantado, entre las cuales, se destacan: la restitución o restitutio in integrum, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición. En ese orden, algunas de las medidas ordenadas por el Consejo de Estado fueron la publicación de la sentencia en medios de alta circulación o en la página web de las entidades condenadas o incluso en sus instalaciones; la remisión del proceso a las entidades de investigación para lo de su competencia; la presentación de excusas públicas y la remisión de la providencia al Centro Nacional de Memoria Histórica, entre otras. 2.2. Análisis de la Comisión de la Verdad [P]ocos conceptos tienen tanta presencia hoy y, tan connotada relevancia, como los derechos de las víctimas de graves violaciones a los Derechos Humanos y/o del Derecho Internacional Humanitario, siendo el delito de desaparición forzada quizá uno de los que más afectan todas las dimensiones de la vida: la dignidad, la integridad física, psíquica y emocional; la honra y el buen nombre de quienes se convierten en víctimas directas o indirectas del mismo. Consejo de Estado 229 . 229 Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 27 de septiembre de 2013, exp. 19939, M. P. Stella Conto Díaz del Castillo.
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