Libro
106 Sección Quinta Asuntos Constitucionales 2018 Distrital de Integración Social. Así las cosas, es claro que el tribunal incurrió en un error en su liquidación, pues incluyó el valor de $154.907 pesos que correspondía al ítem de prima de servicio, en la casilla de prima de vacaciones, lo cual tiene una incidencia directa en la decisión final de la providencia, toda vez que con el nuevo valor pensional, se evidencia que no es más favorable la pensión que fue reconocida mediante Resolución (…) de 21 de diciembre de 2015, de $1.324.778 pesos, en aplicación del Decreto 758 de 1990, situación que vulnera el debido proceso de la accionante. En conclusión, la Sala revocará la decisión de primera instancia proferida por la Sección Cuarta, que negó las pretensiones de la demanda, y, en su lugar, amparará el debido proceso de la parte actora. NORMATIVIDAD APLICADA CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / LEY 33 DE 1985 / DECRETO 758 DE 1990 / DECRETO 1158 DE 1994
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