235504 Memorias 2018 Tomo I

552 A SUNTOS ELECTORALES Las inhabilidades establecidas en los numerales 3º y 5º del artículo 30 de la Ley 617 de 2000 y los numerales 2º y 4º del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 37 de la Ley 617 de 2000, en relación a quienes se desempeñan como ministros, directores de departamentos administrativos, o tienen a su cargo la ordenación de gasto en esta clase de órganos, comienzan a regir doce (12) meses antes del día de la elección, entendida esta como el día en el cual se realizan las votaciones, de conformidad con las consideraciones vertidas en este concepto. Remítase al Ministerio del Interior y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la Re- pública. SUSCRIBEN EL CONCEPTO: Óscar Darío Amaya Navas, Presidente de la Sala. Édgar Gonzalez Lo- pez, Consejero. Germán Alberto Bula Escobar, Consejero. Álvaro Namén Vargas, Consejero. Lucía Mazuera Romero, Secretaria de la Sala.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz