235504 Memorias 2018 Tomo I

553 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 5. Elección de miembros del Consejo Nacional Electoral. Convocatoria pública. Radicado 2398 Fecha: 28/08/2018 Consejero Ponente: Germán Alberto Bula Escobar Levantamiento de la reserva mediante oficio No. OFI 18-33791 OAJ-1400 del 28 de agosto de 2018 La señora Ministra del Interior consulta sobre la necesidad de adelantar una convocato- ria pública para la elección de los miembros del Consejo Nacional Electoral y el procedi- miento para la verificación de requisitos. I. ANTECEDENTES Explica la Ministra que algunos congresistas tienen la preocupación de que con la en- trada en vigencia de la Ley 1904 de 2018 se haría necesario surtir previamente una convo- catoria pública para elegir los miembros del Consejo Nacional Electoral, de acuerdo a las reglas contenidas en el artículo 126 de la Constitución Política y en el parágrafo transito- rio el artículo 12 de la señalada ley. También anota que es necesario aclarar a quién le corresponde verificar el cumplimen- to de los requisitos para la elección. Así las cosas, formula las siguientes PREGUNTAS: “1. ¿Para elegir a los miembros del CNE se debe surtir previamente una convoca- toria pública de acuerdo con las reglas dispuestas en el parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 de 2018, en virtud de lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución Política, o se debe proceder a elegir directamente entre los candida- tos postulados por los partidos políticos conforme al sistema de cifra repartidora y el procedimiento contemplado en el artículo 264 ibídem? 2 ¿El Congreso en pleno ostenta competencia para la verificación de requisitos y ca- lidades de los candidatos del CNE? y en el evento de que la respuesta anterior sea afirmativa, ¿en qué etapa del proceso de elección se debe adelantar dicho trámite?” II. CONSIDERACIONES Para absolver la consulta, la Sala se ocupará de los siguientes temas: i) el artículo 126 de la Constitución Política, ii) la elección del Consejo Nacional Electoral tiene una regulación constitucional especial, iii) la conformación de listas de candidatos al Consejo Nacional Electoral es un asunto interno de los partidos y movimientos políticos con personería ju- rídica, iv) la Ley 1904 de 2018 no es aplicable al proceso de elección de los miembros del Consejo Nacional Electoral y v) las comisiones de acreditación del Congreso.

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