235504 Memorias 2018 Tomo I
432 E STRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO • los cambios en las condiciones previstas por el constituyente derivado y la inconstitucionalidad de la situación actual especialmente frente a los mandatos sobre periodos en los altos cargos del Estado; • lacontinuidadde las funciones yde los cargosde laSalaJurisdiccional Disciplinaria creada en la Constitución de 1991 y la consiguiente pervivencia de la misma Sala; • el alcance de la expresión “los actuales Magistrados”, contenida en el parágrafo transitorio 1º del artículo 257 A de la Constitución Política, introducido por el artículo 19 del Acto Legislativo 2 de 2015, en el actual estado de cosas; • la normatividad aplicable para la provisión de los cargos de magistrados que integran la Sala Jurisdiccional Disciplinaria que en la actualidad pervive. 3. Análisis de la Sala 3.1. El diseño constitucional del gobierno y la administración de la Rama Judicial, y la creación del órgano encargado de la función disciplinar, en el Acto Legislativo 2 de 2015 a. Breves referencias al diseño institucional 309 Bajo la consideración de que “… el diseño institucional, al atribuir un significado práctico a las instituciones, tiene como objetivo optimizar la eficacia de la institución en el marco de un modelo dado”, la doctrina identifica tres tipos primordiales de diseño institucional: (i) Constructivo: que pretende crear una nueva realidad o modo de interacción entre gobernantes y gobernados. Precede a la realidad en virtud de que crea nuevas si- tuaciones o estados de cosas y configura derechos u obligaciones que modifican las relaciones entre las personas y con el gobierno. (ii) Justificatorio: cuando por razón de los cambios en la realidad, legitima situacio- nes de hecho, el ejercicio de ciertos derechos y la imposición de las obligaciones correlativas. (iii) Correctivo: propone adecuar una o varias instituciones con el objeto de corregir as- pectos disfuncionales o inoperantes, o bien, adecuarlo a los criterios conductores del modelo vigente o dominante. En el fondo, el diseño institucional supone una reflexión sobre la conveniencia de incluir en el sistema jurídico una o varias instituciones, o modificar su operatividad y significado, o analizar su compatibilidad con otras instituciones del sistema y el cálculo respecto de los posibles efectos secundarios. 309 Huerta, Carla. Constitución y diseño institucional. Boletín Mexicano de Derecho Comparado n.° 99. UNAM.
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