235504 Memorias 2018 Tomo I
399 MEMORIA 2018 / CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL La Ley 266 de 1996 283 , relativa a la Enfermería, prevé la ratificación por el Ministerio de Salud de la designación de los integrantes del Tribunal de Ética, que compete al Consejo Técnico Nacional de Enfermería. En virtud de las disposiciones legales en comento, los tribunales de Ética Médica, Odon- tológica y de Enfermería deben ubicare en el ámbito de las competencias del Ministerio de Salud y Protección Social y del sector administrativo a cargo del ministro correspondiente. 6.3. El propósito del legislador para su creación Dentro del marco constitucional del artículo 39 de la Constitución de 1886 y sus refor- mas, y del artículo 26 de la Constitución de 1991, como se analizó atrás, el legislador ha gozado de una amplia potestad para estructurar el régimen de inspección y vigilancia sobre el ejercicio de las profesiones en razón al interés social que pueden afectar. Las Leyes 23 de 1981, 35 de 1989 y 266 de 1996, respectivamente, dispusieron la crea- ción de los Tribunales de Ética Médica, Ética Odontológica y Enfermería, y les confirieron “autoridad para conocer de los procesos disciplinarios ético-profesionales que se presen- ten por razón del ejercicio” de las disciplinas en mención. Los procesos disciplinarios ético-profesionales conllevan la potestad sancionatoria del Estado, dirigida en este caso a los profesionales de la medicina, la odontología y la enfer- mería, con el fin de garantizar la adecuación de su conducta a la ética de la profesión, y a los deberes funcionales a los que están sujetos. Los tribunales de ética médica, odontológica y de enfermería y quienes los integran ejercen una función pública, de naturaleza administrativa, y de carácter sancionatorio. Así lo analizaron las sentencias C-620-08 y C-762-09, respecto de la Ley 23 de 1981 y la sentencia C-213-07 en cuanto a la Ley 35 de 1989, que reiteraron el carácter administrativo disciplinario de la función asignada a los tribunales de ética que tales leyes crearon284. E igualmente lo ha concluido esta Sala tanto en función consultiva como al decidir conflic- tos de competencia administrativa; y también la Sala de lo Contencioso Administrativo 285 . notificación de la sanción, o el subsidiario de apelación para ante el Ministerio de Salud dentro del mismo término”. // Artículo 87. “El Ministerio de Salud, oído el concepto de la Federación Odontológica Colombiana, señalará la remuneración que corresponda a los miembros de los Tribunales Ético Profesionales y demás personal auxiliar”. 283 Ley 266/96, artículo 12. “ElTribunalNacionalÉticodeEnfermeríaestará integradoporsiete (7)miembros,profesionalesdeenfermería,dereconocida idoneidad profesional y solvencia ética y moral, con no menos de diez (10) años de ejercicio profesional. Parágrafo. 1o. El Consejo Técnico Nacional de Enfermería elegirá a los miembros del Tribunal Nacional Ético de Enfermería y los presentará al Ministerio de Salud para su ratificación en un tiempo no mayor de 30 días, y para la asignación de recursos e iniciar su funcionamiento, en el año fiscal siguiente a la sanción de la presente ley”. 284 Corte Constitucional, Sentencia C-620-08 (junio 25) - Referencia: expediente D-6996 y D-6997 / Demandas de inconstitucionalidad contra los artículos 63, 67, 73 y 87 (parcial) de la Ley 23 de 1981, por la cual se dictan normas en materia de ética médica./ Sentencia C-762-09 ( 29 de octubre) Referencia: expediente D- 7607 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 80 y 81 de la Ley 23 de 1981.// Sentencia 213-07 (21 de marzo) Referencia: expediente D-6445 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 83 de la Ley 35 de 1989. 285 Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto 1756 de 2006; Decisión del 5 de mayo de 2015, Radicación número: 11001-03-06- 000-2015-00036-00 ( C ); Decisión del 10 de septiembre de 2015, Radicación número: 11001-03-06-000-2015-00116-00(C); y Sala de lo Contencio- so Administrativo, Sección Segunda, sentencia del 2 de septiembre de 2014, Expediente 2014-00541 (AC).
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