235504 Memorias 2018 Tomo I

162 SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS AÑO 2018 “Artículo 4. Establécense (sic) las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así: Recurso o grupo de recursos Cuota (1) Peces de escama (pesca blanca) 895 Langosta espinosa (colas)* 150 Caracol (estado limpio)** 9*** *Corresponde a 495 toneladas de peso entero **Estado limpio: filete de caracol con opérculo (uña) ***Con un margen de captura de 1 tonelada por encima de la cuota aprobada como estrategia para facilitar el control de dicha cuota” Para anteriores vigencias, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural profirió actos administrativos para establecer las cuotas anuales globales de pesca de las diferentes especies, en las cuales contempló las del Departamento Archipiélago, así: • Resolución No. 000438 de 2014 para la vigencia 2015; • Resolución No. 000393 de 2015 para la vigencia 2016; • Resolución No. 000222 de 2016 para la vigencia 2017 74 . • La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) De otra parte, mediante el Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011 75 , se creó la Au- toridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, de carácter técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 76 . El artículo 3 del Decreto No. 4181 del 2011 estableció como uno de los objetivos institu- cionales de la AUNAP “ejercer la autoridad pesquera y acuícola de Colombia, para lo cual adelantará los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regula- ción, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de estos recursos”, lo cual se encuentra acorde a lo estipulado en el artículo 1° de la Ley 13 de 1990 – Estatuto General de Pesca. 74 Fuente: www.minagricultura.gov.co 75 Por el cual se escinden unas funciones del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) y del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y se crea la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP). 76 Según el Decreto único del sector agricultura No. 1071 de 2015, la AUNAP es una entidad adscrita al Ministerio de Agricultura: “Sector Descentra- lizado. Título 1. Entidades Adscritas: Artículo 1.2.1.1. Entidades adscritas con personería jurídica. Son entidades adscritas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con personería jurídica, las siguientes: 1. Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). 2. Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder). 3. Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. 4. Unidad Administrativa Especial Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap)”. (Subrayas de la Sala).

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