Antología - Tomo VI
277 ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Importancia del principio de publicidad 4 de noviembre de 1999 Radicación: CE-SC-RAD1999-N1223(1223) …«El Estado de derecho erige la publicidad de los actos de sus órganos y autoridades en principio esencial del sistema jurídico, como medio para garantizar la libertad de los asociados y protegerlos de la arbitrariedad de la administración, tomada ésta en su concepto lato. Además, la certeza y la seguridad jurídicas exigen el conocimiento oportuno por los administrados de las leyes expedidas, así como de las decisiones adoptadas por la administración, no sólo por cuanto en los estados democráticos no deben existir actuaciones secretas de las autoridades, sino porque de la publicidad se sigue la posibilidad de establecer la existencia, vigencia y obligatoriedad de las normas legales y de los actos administrativos y, por consiguiente, el ejercicio de las garantías concretadas en el derecho de defensa. El principio de publicidad implica que las normas legales y las actuaciones de los órganos - en general - puedan ser conocidas por cualquier persona y con mayor razón por aquéllas que resulten o puedan resultar afectadas con el mandato legal o la decisión administrativa. Con todo, el legislador puede establecer las restricciones y reservas a la publicidad que estime convenientes, con fundamento en criterios de racionalidad y sin detrimento de las libertades públicas. La publicidad, entonces, es el mecanismo mediante el cual el administrado - la persona - conoce los derechos que le asisten y las obligaciones y cargas impuestas; al igual que la promulgación de la ley se establece como requisito indispensable para su obligatoriedad, la publicación de los actos administrativos generales y la notificación de los de carácter particular y concreto, concurren a obtener la misma finalidad.»… César Hoyos Salazar, Luis Camilo Osorio Isaza, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.
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