Antología - Tomo VI
200 años Consejo de Estado 256 régimen tarifario diferencial, que consulta una función redistributiva del costo de los servicios, de acuerdo con la capacidad económica del usuario del servicio, para evitar que sea igual la tarifa para los sectores más ricos de la comunidad que para los más pobres, con lo que se impide que una mayor proporción de la riqueza se concentre en pequeños segmentos de la población, mientras que las grandes mayorías asumen el mayor costo de los servicios…» César Hoyos Salazar, Susana Montes de Echeverry, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.
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