Antología - Tomo VI

200 años Consejo de Estado 82 disposición de la ley orgánica esos recursos deben destinarse para satisfacer las necesidades básicas de salud incluyendo la afiliación al Régimen Subsidiado. El precepto contenido en el artículo 83 de la ley 715, por ser de carácter orgánico, posterior y especial para las comunidades indígenas tiene mayor jerarquía jurídica que el contemplado en el artículo 215 de la ley 100 de 1993, sobre la forma de administrar el régimen subsidiado. (…) De otra parte, la Sala considera que las facultades constitucionales dadas al Gobierno por el artículo 56 transitorio, están condicionadas a la expedición de la ley a que se refiere el artículo 329 de la Constitución Política; por ello, mientras tal ley no se expida, el Gobierno conserva las facultades para dictar las normas fiscales necesarias y las demás relativas al funcionamiento de los territorios indígenas y su coordinación con las demás entidades territoriales. Reglamentación que resulta necesaria, pues, la hasta ahora expedida se fundamentaba en el artículo 25 de la ley 60 de 1993, la cual sufrió el fenómeno jurídico del decaimiento con la derogación de la ley 60 de 1993 hecha por la ley 715 de 2001…» César Hoyos Salazar, Susana Montes de Echeverry, Flavio Rodríguez Arce, Augusto Trejos Jaramillo.

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