Antología - Tomo V
541 PROTECCIÓN ELECTORAL DE MINORÍAS Representación 09 de febrero de 1925 Radicación: 41-CE-SP-1925-02-09 …«Demanda de Nulidad, de la elección hecha por el Gran Consejo Electoral para miembro del Consejo Electoral de Cartagena. (…) [H]abiendo sometido el Magistrado ponente en este negocio a la Sala Plena el proyecto elaborado por él de sentencia definitiva, el asunto fue pasado al Magistrado de turno. (...) Los puntos de la parte motiva que acoge el Consejo dicen: En tiempo oportuno, o sea el 10 de octubre último, el señor José De La Espriella estableció demanda ante esta corporación para que se declare nula la elección practicada en favor del señor Aníbal Badel, por el Gran Consejo Electoral, para miembro principal del Consejo Electoral de Cartagena, y que en su lugar se declare electo al señor doctor Juan Antonio De La Espriella, por haber obtenido éste mayor número de votos en el escrutinio de la elección correspondiente, Funda el actor su demanda en los puntos siguientes: 1° Que el Gran Consejo Electoral se reunió en esta capital en los días 6 y 7 del mes en curso para hacer el nombramiento de Juntas Electorales de Circunscripción. 2° Que conforme a esa elección el doctor Juan Antonio De la Espriella obtuvo mayor número de votos que el señor Aníbal Badel. 3° Que tanto el doctor De La Espriella como el señor Badel pertenecen al partido liberal de Colombia. 4° Que dicha elección es nula. Como pruebas adujo el demandante las que van a verse: 1° El certificado del Presidente del Senado, en que se hace constar “que el señor Juan A. de la Espriella ocupa
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