Antología - Tomo V

200 años Consejo de Estado 510 Circunscripciones Senatoriales, así: a la de Antioquia, la de la Intendencia del Chocó; a la de Bolívar, la de la Intendencia de San Andrés y Providenciara la del Magdalena, la de la Comisaría de la Guajira; a la de Nariño, la de la Comisaría del Putumayo; a la de Boyacá, la de la Comisaría de Arauca; a la del Huila, la de las Comisarías del Amazonas y Caquetá; y en la de Cundina­ marca, la de la Intendencia del Meta y las Combarías del Vichada y Vaupés”. El acto legislativo número 1 de 1945 en su artículo l 9 que correspondió al 5º de la Codificación, reprodujo con pequeñas variantes de redacción lo que había dispuesto el acto legislativo de 1936 sobre administración, organización administrativa, electoral, judicial y contencioso administrativa de las Intendencias y Comisarías y, como en su artículo 76 que correspondía al 171 de la Codificación, dispuso ya que no fueran las Asambleas Departamentales sino todos los ciudadanos colombianos los que eligieran directamente los Senadores de la República, se dictó por el Gobierno Nacional, con concepto favorable del Consejo de Estado, el Decreto 315 de 1947, según el cual fueron agregadas, para la elección de Senadores, las Intendencias y Comisarías a las mismas Circunscripciones Electorales a que había sido agregada su población por el artículo 17 de la Ley 2ª.de 1943, mientras dicha elección se hacía por las Asambleas. Posteriormente, mediante el Decreto extraordinario 1069 de 1950 se creó la Comisaría de Casanare y se dispuso que “dependía tanto en lo electoral como en lo judicial del Departamento de Boyacá” (Art. 5º). Por el Decreto extraordinario 051 de 1958 se crearon para la elección de Representantes a la Cámara, las Circunscripciones electorales del Meta y La Guajira disponiéndose que la primera estaría compuesta por los territorios de la Intendencia del Meta, de la Intendencia de Arauca y de las Comisarías Especiales del Vichada y del Vaupés, pero expresamente se dispuso en el mismo decreto que “para efecto de la elección de Senadores la población de los territorios nacionales continuará agregada a los Departamentos de acuerdo con las disposiciones vigentes”. Al crearse el Departamento del Meta por la Ley 118 de 1959, se creó la Circunscripción Electoral del Meta con el territorio del mismo Departamento y los de la Intendencia de Arauca y de las Comisarías del Vichada y del Vaupés. Y más adelante mediante la Ley 105 de 1960, se dispuso: “Artículo 10. La Intendencia de La Guajira continúa constituyendo una Circunscripción Electoral con facultad para elegir los Representantes a la Cámara y el Consejo Intendencial. Parágrafo. Para los efectos de la

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