Libro

Nadie puede ser condenado sin haber sido oído y vencido en juicio. ,, La Corte Constitucional ha exaltado la importancia del principio de publicidad, ya que es necesario para la realización del derecho de contradicción en un proceso penal justo. ~~ ponderar varias garantías constitucionales que pudieran entrar en conflicto y por lo mismo fuera indispensable la construcción de modelos argumentales para resolver conflictos entre el principio de publicidad y otras garantías constitucionales a partir de los planteamientos formulados por la Corte Constitucional. la realización del derecho fundamental a gozar de un debido proceso. A lo que se agrega que el principio de publicidad tie– ne la potencialidad de oficiar como medio eficiente para lograr otros derechos funda– mentales y humanos, por ejemplo, la pre– sunción de inocencia. Si el proceso penal es oscuro y secreto, ¿cuáles podrían ser las posibilidades reales de sostener la vigen- Ernpero, ese respaldo constitucional al cia del principio de presunción de inocen- principio de publicidad no solo significa o expresa su rango y autoridad, sino que, en nuestra opinión, señala la trascendencia que tiene la publicidad como garant!a para cia? Se creerla que ninguna, puesto que la inocencia del imputado sería arrasada a la sombra de las maniobras ocultas y, por ello, impunes, de los acusadores. Ya de modo específico la Corte, dentro del examen del debido proceso, ha abordado la cuestión de la publicidad del proceso penal para discernir sus principales elementos. En ese sentido, ha establecido que no se trata de un principio absoluto. Como derecho fundamental que es, la publicidad del pro– ceso penal puede dejar el camino para darle preferencia a otro derecho. En sus propias palabras, es decir, al tenor de lo predicado por la Corte Constitucional: el derecho a la publicidad no es absoluto como derecho fundamental, ya que use puede restringir razonablemente cuando pugna con otro derecho de fa misma Indo/e", si ello es au– torizado por la ley3. Piénsese por un mo– mento en los riesgos que puede tener una defensa absoluta del derecho fundamental a la publicidad del proceso penal, de cara a otros derechos fundamentales como la dignidad o la intimidad, cuando son 3 Corte Constitucion.,I, M. P.: José Gregorio Hemán• dez Galindo, Sentencia T-512 de 1992; Corte Const1ucionat, M. P.: Manuel José Cepeda Espmosa, Sentencia C-876 de 2002, y Corte Constitudooat, M. P.: Alvaro Tafur Gálvez. Sentenc1a C-876 de 2002. ► Junio 20tOIRevíSla Juditial j 29

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz