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- SEXTO ENCUENTRO - SAN ANDRÉS 2008 En efecto, de manera reciente, en sentencia del 1° de octubre de 2008 (exp. 17.001), la Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al hospital Regional de Buenaventura, por la ausencia de bolsas de sangre en el momento en que una paciente multípara padeció de hemorragia uterina, circunstancia que, en criterio mayoritario de la Sala, constituyó una falla del servicio médico asistencial, motivo por el cual se condenó al 100% de las pretensiones solicitadas en la demanda 86 . En consecuencia, es necesario destacar que en muchos eventos, la responsabilidad del Estado deviene de la falta de atención idónea y suficiente, máxime si las madres gestantes son atendidas en hospitales de primer o segundo nivel que, en la mayoría de los casos, no cuentan con los recursos e instrumentos necesarios para sortear los diferentes riesgos o eventualidades clínicas a las que se encuentra sometida una paciente con alto riesgo obstétrico. • 86 Se hace expresa referencia al criterio mayoritario, como quiera que el caso concreto dio origen a un debate en torno a la figura de la pérdida de oportunidad en Colombia, y la forma de aplicación de este instrumento en los supuestos de responsabilidad sanitaria, tópico que desborda el marco conceptual de este documento, razón por la cual no se aborda la referida discusión o debate académico. 332
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