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- QUINTO ENCUENTRO - SANTA MARTA 2007 Si entendemos nosotros que hoy por hoy el 75% de los desplazados en Colombia son mujeres y son niños. Si entendemos nosotros que durante los últimos siete años se ha incrementado el reclutamiento de niños por parte de la guerrilla y ya lo decía también esta mañana el Fiscal por parte de las autodefensas pero muchos de esos nuevos reclutas son niñas, pues realmente esas reparación sí que va a resultar importante que se defina por parte del estado colombiano en un cuerpo de normas quizás especial porque es algo en lo que sin duda la comunidad internacional y creo que también obviamente la sociedad colombiana debe tomar muchísima mayor conciencia. ¿Cuáles son los derechos de las víctimas?: primero recibir la orientación y asesoría en jurídica inmediata para las víctimas de la violencia, segundo promover en los centros médicos la presencia de médicos de ambos sexos para que la mujer tenga la opción de escoger si quiere que la atienda una médica o un médico, el tercer lugar de que se trate con reserva de identidad en el momento en que recibe atención médica, legal, psicológica o social cuando ha sido víctima de violencia intrafamiliar o de abuso sexual. ¿Cuáles son las medidas concretas para la protección de los derechos de las mujeres? Entonces las medidas de sensibilización y prevención en donde se obliga a las autoridades a formular políticas públicas desde la perspectiva de género, esto como lo decía el procurador es algo que quedó también de manera muy expresa consagrado en la Ley de Plan de Desarrollo en la cual se obliga de manera transversal a todas las entidades del gobierno a que se adopten políticas públicas desde la perspectiva de género. En segundo lugar la formulación de programas integrales para prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra la mujer, formación de los servidores públicos para garantizar una adecuada prevención, protección y atención a las mujeres víctimas de la violencia, adoptar medidas para investigar o sancionar a los miembros de la fuerza pública que realicen actos de violencia contra las niñas y las mujeres. En tercer lugar después de éstas medidas de sensibilización, medidas educativas: elaborar programas de prevención para erradicar la violencia contra las mujeres, incluir la cátedra en la cátedra de derechos humanos un capítulo especial sobre los derechos de la mujer, diseñar programas frente a la descolarización de las mujeres como consecuencia de la violencia y promover la inclusión de las mujeres en programas académicos no tradicionales. Cuarto, en cuanto al ámbito laboral allí hay una serie de medidas mediante las cuales se procura facilitar el acceso de la mujer al campo laboral sobre todo logrando que haya una igualdad salarial por la razón que ya mencione anteriormente, promover el ingreso de las mujeres a espacios productivos no tradicionales, fomentar mucho más el emprendimiento, el empresarismo por parte de la mujer, en esto viene trabajando muy bien también la Consejera Presidencial para la mujer, se establece la responsabilidad cabeza de las juntas directivas de las empresas en la obligación de definir políticas que garanticen realmente la igualdad de oportunidades para que las mujeres puedan acceder a los cargos de dirección en las empresas del sector privado y también para lograr realmente una mayor protección a las mujeres en las empresas del sector privado contra la discriminación salarial y contra el acoso sexual. Allí sentimos nosotros que Colombia está yendo un paso adelante en la legislación internacional, porque lo cierto es que todas las normas a nivel internacional se han ido 219

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