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- QUINTO ENCUENTRO - SANTA MARTA 2007 El proyecto se presentó a consideración del Congreso el 20 de Noviembre. Ya se aprobó en primer debate en la comisión primera del Senado y esperamos que tenga el segundo debate en la semana entrante en la plenaria del Senado. Cuáles son los principios que inspiran éste proyecto de ley: el primer principio es el de lograr entonces que se materialice esa igualdad de mu jeres y hombres, que esa igualdad que sea real que sea efectiva; en segundo lugar reconocer que los derechos de las mujeres son derechos humanos; en tercer lugar un principio de corresponsabilidad, hay una corresponsabilidad entre el estado entre la sociedad civil y entre la familia para lograr realmente que se respeten los derechos de las mu¡eres. Normalmente se habla de la responsabilidad que tiene el gobierno, yo insisto ésta tiene que ser una responsabilidad del estado como un todo, el lograr que se que se respeten los derechos de las mujeres; el principio de la integralidad para que haya una atención integral de información, de prevención, de protección por supuesto y de sanción cuando ya se da la violencia contra la mujer; reconocer la autonomía de la mujer en la toma de decisiones sobre todo decisiones relacionadas con su salud, con su cuerpo, con su libertad sexual. Lograr que haya una efectiva coordinación del estado ese es uno de los principios que inspiran también ésta ley y el principio de favorabilidad en donde pues la interpretación de una norma debe hacerse siempre en función del interés que más convenga a la mujer. Entonces el objeto de la ley es adoptar normas para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, reconociendo los derechos que existen en los tratados internacionales en nuestro ordenamiento legal y mejorando algunos de los procesos administrativos y judiciales para lograr esa efectiva protección de los derechos de las mujeres. El proyecto de ley tiene seis capítulos. El primer capítulo está relacionado con todas las garantías para esa vida libre e independiente de la mujer tiene pues obviamente todas Jas normas generales. El segundo capítulo es el q"ue se refiere a los principios y a los derechos de las mujeres. El tercer capítulo relacionado con la sensibilización, la prevención, la educación y el principio de corresponsabilidad. El cuarto es el que tiene que ver con las medidas de protección. El quinto medidas de atención y el sexto es el que tiene que ver con las sanciones. Entonces entendimos por violencia contra la mujer en este proyecto de ley, cualquier acción u omisión que cause daño, muerte, sufrimiento físico o sexual meno estado psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer en el ámbito público o privado, la coacción o la privación arbitraria de la libertad y por supuesto también la violencia económica. Cualquier acción o mención orientada al abuso económico, al control abusivo de las finanzas, recompensas o castigos monetarios de las mujeres por razón de su condición social, económica o política, obviamente es una parte de violencia y se puede consolidar en las relaciones de pareja, las relaciones laborales o en las relaciones simplemente económicas. Ba jo que principios se interpretaran esta ley ya los mencione: el de la favorabilidad, el de la corresponsabilidad, el de la atención a las mujeres víctimas de violencia que debe comprender realmente una mayor acción del estado en cuanto que tiene que ver con la información, la prevención, la protección y la reparación y en éste tema de la reparación pues obviamente merece capítulo aparte y no está suficientemente desarrollado en el proyecto, tengo que confesarlo, lo que tiene que ver con la reparación de las mujeres que han sido víctimas del conflicto armado. 218

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