libro
Colombia tiene ejemplos contundentes sobre la forma cómo desde la ley se han legitimado estas desventajas, cómo el legislador ha consagrado durante décadas la discriminación y el trato desigual entre hombre y mujeres, algunos ejemplos son elocuentes. Recordemos que: Antes de 1981: se sancionaba el adulterio como delito exclusivamente femenino. Se tipificaba el amancebamiento como delito con penas diferentes para hombres y mujeres. Hasta 1981: se atenuaba la pena del homicidio o las lesiones cometidos por el cónyuge, padres o hermanos contra mujer sorprendida en actos sexuales extramatrimoniales y era permitido al hombre lavar su honra con la muerte de la mujer: homicidio en legítima defensa del honor. Se aumentaba la pena de la violación y del estupro cuando la víctima era mujer virgen o de irreprochable honestidad y se disminuía la pena de la violación hasta en la mitad cuando la víctima fuera mujer dedicada a la prostitución. Hasta 1997, estuvo vigente la extinción de la acción penal por la violación, si el autor o cualquiera de los coautores o cómplices contraían matrimonio con la víctima. El enfoque o perspectiva de género, resulta útil entonces, para verificar cómo una situación afecta de manera diferente a cada persona, según su sexo, su edad, su etnia, su estrato socioeconómico y el rol que desempeña en la sociedad¡ cómo la sociedad se organiza de acuerdo con sus creencias e intereses y legitima una forma de hacerse y de ser hombre o mujer¡ además este enfoque contribuye a explicar cómo las relaciones entre las personas están atravesadas por el poder y como la inequidad en el ejercicio del poder genera discriminación y violencia. En este sentido, los roles que jugamos en la pareja, en la familia y en la sociedad, en la construcción de las identidades, han sido definidos desde tres elementos: La representación del cuerpo Las creencias y prácticas sexuales Las creencias y prácticas reproductivas Estos tres elementos concurren para ordenar el mundo y son sin duda los parámetros más elocuentes de la discriminación contra la mujer. El proceso de construcción de la identidad se da tanto para hombres como para mujeres y repercute no sólo en el ejercicio del poder sino en la salud, la reproducción, la afectividad, lo laboral, etc. En este escenario, la justicia no está exenta de las subjetividades, y permeada también por la cultura, puede discriminar y vulnerar derechos. Por ejemplo, mientras el denunciante de hurto no es imprecado para demostrar la titularidad de la propiedad del bien sustraído, no se le pregunta porqué no estaba en casa, o porqué no
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