Boletín especial del Consejo de Estado Conmemoración Holocausto Palacio de Justicia

48 LAS FALLAS PROTUBERANTESDE PARTEDE LAADMINISTRACIÓNTIENENRELACIÓNDIRECTA Y NECESARIA DE CAUSALIDAD CON LA DESAPARICIÓN DE LA VÍCTIMA Se demanda por la desaparición de la señora Gloria Stella Lizarazo Figueroa, quien trabajaba en el autoservicio de la cafetería, ocurrida durante el holocausto del Palacio de Justicia. La apreciación de los medios de convicción aportados por las partes, conforme lo preceptua- do en el art. 187 del C. de P. C., pone en evidencia que en los hechos materia de investigación hubo fallas protuberantes de parte de la administración, y que ellas, en relación directa y necesaria de causalidad, dieron lugar a la desaparición de la víctima. Consejo de Estado, Sección Tercera, M.P. Juan de Dios Montes Hernández, radicación: CE-SEC3- EXP1997-N12283, sentencia de fecha: 14 de agosto de 1997.

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