Boletín especial del Consejo de Estado Conmemoración Holocausto Palacio de Justicia

32 SE CONFIRMA CONDENA ESTATAL A LOS FAMILIARES DE AUXILIAR DE MAGISTRADO DEL CONSEJO DE ESTADO El principio de soberanía popular y su ejercicio se encuentra limitado por los principios demo- cráticos del Estado. El problema jurídico se centra en la responsabilidad del Estado colombiano en relación con los eventos ocurridos en el Palacio de Justicia en noviembre de 1985, donde se produjeron graves violaciones a los derechos humanos. La Sala confirma la sentencia apelada, estable- ciendo que hubo fallas en la vigilancia y protección de magistrados y funcionarios, así como en la respuesta de las Fuerzas Armadas durante la toma. Se argumenta que el Estado no cumplió con su obligación de garantizar la seguridad en un contexto de amenazas graves, lo que resultó en la desprotección de la institucionalidad ju- dicial. Además, se destaca la falta de consideración por la vida de las víctimas durante la intervención militar. El texto también discute las indemnizaciones por daños morales y materiales. Aunque se re- conocen los perjuicios morales, se menciona que la dependencia económica del demandante hacia la víctima fue difícil de cuantificar. La Sala decide actualizar las indemnizaciones de oficio, teniendo en cuenta la esperanza de vida del demandante. Se concluye que no se puede justificar la irresponsabilidad del Estado alegando soberanía, subrayando que el ejercicio del poder debe respetar los derechos y no causar daños antijurí- dicos. Consejo de Estado, Sección Tercera M.P. Juan de Dios Montes Hernández, radicación: CE-SEC3- EXP1995-N9273, sentencia de fecha: 02 de febrero de 1995.

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