Memoria 2020 Tomo 3

En ese orden, ENTerritorio debe entregar a FonTIC el equipamiento técnico adquirido que no pudo ser instalado y, por su parte, FonTIC debe recibir dichos bienes. De acuerdo con lo informado por las partes, a la fecha se están generando gastos asociados sobre dichos bienes, razón por la cual, la entrega y recibo de estos debe presentarse en el menor tiempo posible, incluso antes de la liquidación, para evitar el incremento de dichos costos. 7.7. Pruebas Los aspectos planteados en la consulta fueron evaluados por la Sala con fundamento en la documentación aportada en la solicitud de consulta, así como la remitida por el MinTIC en oficios del 11 y 21 de octubre de 2019 con los radicados 192083769 y 192088389 respectivamente, y, de igual manera, la entregada por ENTerritorio el 29 de noviembre y el 5 de diciembre de 2019. Se relacionan los documentos remitidos, así: 7.7.1. Documentación aportada en la consulta. Fueron aportados a la consulta inicial, 4 CD contentivos de la misma información: ■ Copia del contrato interadministrativo 989/212039 del 2012. ■ Modificaciones, aclaraciones, adiciones y prórrogas. ■ Documento relacionado con la no viabilidad del PVD en el municipio de Guapi. (Acta No. 52 de julio de 2010 del Comité Operativo o de Seguimiento). ■ Actas de entrega de impresoras. ■ Las siguientes comunicaciones cruzadas entre FonTIC y ENTerritorio respecto del PVD de Guapi. ■ Comunicación del 28 de septiembre de 2018 de NEC a Fonade (radicado 20184300548832). 501 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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