Memoria 2020 Tomo 3

6. Adoptar las medidas necesarias para mantener el equilibrio económico del Contrato, de acuerdo con lo previsto en la ley. 7. Suscribir el acta de inicio y liquidación del presente Contrato una vez exista acuerdo pleno sobre su contenido. 8. Definir a la terminación del contrato la cuenta bancaria para el reintegro de los recursos pagados por FONDO TIC, no ejecutados e informar a FONADE, en un término no superior a treinta (30) días contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia del contrato (Subraya y resalta la Sala). Según dicha cláusula, FonTIC de manera previa definió los términos y condiciones en que se llevaría a cabo el proyecto, las obligaciones que debían cumplir las entidades territoriales/públicas denominadas también ejecutores, así como la información técnica del proyecto a la que se debían ceñir los proveedores. De igual manera, FonTIC fue señalado como el encargado de liderar la interacción con otras entidades en relación con el objeto del contrato y a cargo de articular las actividades y acciones pertinentes a ejecutar por parte de ENTerritorio, las entidades públicas/territoriales y los proveedores de bienes y del servicio de conectividad. El hecho de que FonTIC y ENTerritorio tuvieran a cargo la elaboración conjunta del plan operativo, que es el documento contentivo de las tareas, actividades y metas del contrato, también permite inferir que FonTIC intervino en la ejecución del proyecto. Además, se destaca la obligación prevista en el numeral 8 de la referida cláusula segunda, en cuanto pone de presente que los recursos no ejecutados por ENTerritorio en el proyecto, debían ser reintegrados a FonTIC. En este sentido, es preciso señalar que los recursos pagados a ENTerritorio tenían una destinación específica y, por tal razón, ENTerritorio no podía disponer de éstos libremente. Lo anterior, salvo la cuota de gerencia que correspondía a los honorarios, como contraprestación del servicio prestado. Esta estipulación refuerza la interpretación sobre el alcance de las obligaciones de ENTerritorio (antes Fonade), como administrador de los recursos que le eran entregados. 450 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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