Memoria 2020 Tomo 3

Municipales y del estudio de mercado realizado por hoy ENTerritorio. Dicha fase tuvo por objeto la implementación y operación de 71 PVD y asimismo obtener insumos de aprendizaje que permitieran ir perfeccionando el modelo de «Puntos Vive Digital» y lograr a largo plazo su sostenibilidad. Para la siguiente fase, denominada «Fase 1 de los PVD», que es la que concierne al presente análisis, se consideró que su implementación se enmarcaría ya no bajo un modelo por oferta, sino bajo un «Modelo por Demanda» con el objetivo de empoderar a las comunidades en sus regiones, así como a las mismas Entidades Territoriales y/o Entidades Públicas, con el propósito de generar mayor sostenibilidad a largo plazo para promover el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación y cierre de la brecha digital. En ese orden, en agosto de 2012 el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones realizó una Convocatoria Pública a nivel nacional dirigida a Entes Territoriales y Entidades Públicas que presentaran interés en participar en la operación de uno o más PVD, teniendo en cuenta los lineamientos básicos dados por el MINTIC. Dicha convocatoria, basada en el modelo por demanda, tenía como propósito que fueran las propias entidades públicas territoriales las que definieran su participación para ser beneficiarias de un Punto Vive Digital, lo que implicaba que debían comprometerse por anticipado al cumplimiento de determinadas obligaciones, como la de contar con un sitio adecuado y hacer las mejoras técnicas requeridas para hacer viable la instalación de la infraestructura necesaria para el adecuado funcionamiento del Punto Vive Digital. La Sala encuentra relevante destacar los siguientes aspectos de los términos de la convocatoria para la operación de los PVD, en la medida en que su contenido aporta al análisis del contrato. Los términos de convocatoria ponen de presente en particular dos aspectos: El primero, que los entes territoriales/entidades públicas o Ejecutores, para lograr la asignación de un Punto Vive Digital debían comprometerse al cumplimiento de los requerimientos técnicos exigidos por el FonTIC justamente para garantizar la puesta en marcha y funcionamiento de los PVD y el segundo, que las obligaciones que asume ENTerritorio en la celebración y ejecución del contrato, las asume en nombre del FonTIC. 435 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo III

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